Diferencias entre Divorcio Notarial y Divorcio Judicial
La diferencia principal es que, en vez de tramitarse el divorcio ante un juzgado, se tramita ante una notaría. Consecuentemente, en el divorcio notarial se obtendrá una escritura de divorcio y en el divorcio judicial, se obtendrá un Decreto o Sentencia. No obstante, ambas vías desembocan en la inscripción del divorcio en el Registro Civil, trámite que se encarga de realizar el propio juzgado o notaría, en función de la vía escogida. Así pues, ambas vías surten los mismos efectos.
¿Qué divorcio es más rápido?
Sin lugar a duda, la vía más rápida es la notarial, ya que en pocos días se tendrá cita en la notaría para proceder a la disolución del matrimonio. La vía judicial suele estar más colapsada y, por tanto, se tardará más tiempo en obtener la resolución de divorcio.
La vía notarial además de ser más rápida es más cómoda, ya que los cónyuges podrán decidir qué día acudir a la notaría para ratificarse en el Convenio Regular que recogerá la escritura de divorcio. Ello no sucede en la vía judicial, ya que es el propio juzgado quien establece cuando deben acudir los cónyuges al juzgado para ratificarse en el acuerdo de divorcio.
¿Necesito abogado para el divorcio notarial?
Sí, tanto en los divorcios notariales como en los judiciales se requiere de abogado. Es él quien realizará un Convenio Regulador con los pactos del divorcio, así como quien asesorará y acompañará a los cónyuges a la notaría. Además, en caso de acudir a la vía judicial, se necesitará también un procurador.