El divorcio puede llegar a ser un proceso difícil y estresante. Pero, como todo en la vida, nos será más sencillo si entendemos cómo funciona. Por eso es importante tener unas nociones básicas sobre la ley de divorcio en España: para poder tomar decisiones de la forma más informada posible.
Hoy en Avantis Abogados de Divorcio nos hemos propuesto dar una visión general sobre la Ley de divorcio en España, sus orígenes, detalles y requisitos. Se explorará su historia, así como las disposiciones del Código Civil y otros aspectos importantes. Intentaremos que, tanto si estás pensando en divorciarte como si solo buscas información, salgas de aquí con una idea más clara de cómo funciona la legislación española. ¡Sigue leyendo!
Hace aproximadamente 40 años que el divorcio es un derecho permitido en la legislación española, pero no siempre ha sido así. La ley de divorcio española ha ido evolucionando a lo largo del tiempo, y para entender el punto en el que nos encontramos, es importante conocer sus orígenes y algo de su historia.
Durante siglos, el derecho a divorciarse en España fue objeto de controversia y conflicto social. El enfrentamiento entre favorables al divorcio y contrarios resultó en varias aprobaciones y derogaciones de la ley, dependiendo del régimen político del momento.
Fue en 1932, durante la Segunda República, la primera vez que se reconoció el derecho al divorcio como tal. En aquel entonces podía solicitarse tanto por uno de los cónyuges como por mutuo acuerdo, pero siempre alegando una “causa justa”. Estas causas podían ir desde el adulterio, el abandono o el atentado de uno de los cónyuges a la vida del otro.
Años más tarde, durante la dictadura franquista, esta ley fue derogada mediante la aprobación de la nueva ley de 1939. De nuevo, España pasó décadas donde la única forma de disolver el matrimonio era a través de la muerte de uno de los cónyuges. A pesar de esta situación, muchas mujeres intentaron luchar por sus derechos y por la aprobación de una ley del divorcio.
El derecho al divorcio en España, tal y como lo entendemos actualmente, fue restablecido con la Ley de divorcio del 20 de julio de 1981. Desde entonces, el divorcio ha evolucionado y se ha vuelto cada vez más accesible. Las reformas de 2005 y 2015 agilizaron y simplificaron el proceso de solicitud, eliminando algunas de las exigencias y requisitos originales.
La ley de divorcio en España fue aprobada por el Congreso de los Diputados en 1981, bajo el mandato de Adolfo Suárez e impulsada por el ministro de justicia de la época, Francisco Fernández Ordoñez.
Aunque la base de la ley de divorcio fue aprobada en 1981, este derecho ha ido evolucionando a lo largo de los años, haciéndose más flexible y sencillo.
En 2005 el gobierno de Jose Luis Rodríguez Zapatero impulsó una reforma a la ley de divorcio que permitió un trámite completamente libre y “express”. Con esta reforma se eliminó por completo la necesidad de alegar unas causas para solicitar el divorcio, permitiendo a los cónyuges divorciarse 3 meses después de contraer matrimonio.
Con la ley 15/2005 también se introdujo la custodia compartida como una de las opciones posibles, y se diferenció el procedimiento para la separación y el divorcio.
En 2015 la ley de divorcio en España sufrió una nueva reforma, esta vez impulsada por el gobierno de Mariano Rajoy. Gracias a la ley 15/2015 ya no sería estrictamente necesaria la actuación de un juez para tramitar un divorcio, si no que este podía ser concedido directamente por un notario. Este tipo de divorcios, normalmente más ágiles y rápidos que los judiciales, se les denominan divorcios notariales o ante notario.
En el pasado, era necesario alegar una “causa justa” para tramitar un divorcio. Por suerte, esto ha cambiado con las diferentes reformas de la ley de divorcio. Desde 2005 ya no es necesario alegar ninguna causa ni justificación para solicitar el divorcio, permitiendo a las parejas el derecho de disolver el matrimonio si así lo consideran.
El único requisito para poder divorciarse en España es que hayan pasado como mínimo tres meses desde la contracción del matrimonio.
No es necesario alegar ningún tipo de justificación, simplemente el deseo de uno de los cónyuges (o de ambos) de disolver el matrimonio.
En la actualidad, el Código Civil de España recoge el derecho a la disolución del matrimonio por divorcio en su artículo 85.
Cabe recordar que hay dos vías principales para tramitar un divorcio en España:
En Avantis podrás encontrar más información sobre los procedimientos concretos de mutuo acuerdo y divorcio contencioso.
Con más de 200 casos de éxito, Laura es una abogada experta en soluciones de derecho de familia y divorcios. Graduada en derecho por la Universidad de Barcelona y colegiada en el ICAB, Laura comparte su experiencia en cada uno de nuestros artículos del blog.